El 18 de octubre ACEM-Ecologistas en Acción de la Manchuela presentó un escrito solicitando a la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible la retirada del Vallado Cinegético del coto AB-11909, según se acordó en el pasado pleno del ayuntamiento de Carcelén. En el pleno del día 28 de septiembre de 2021, se aprobó por unanimidad, una moción conjunta presentada por ACEM-Ecologistas en Acción y el grupo socialista de Carcelén, para reiterar la solicitud de retirada del vallado cinegético dentro de los montes de utilidad pública “La Hunde”. La moción se fundamenta por los impactos ambientales y sociales y entrar en contradicción con la finalidad de los montes de utilidad pública de preservar sus valores naturales y su uso público sostenible.
El 28 de septiembre, el Pleno del Ayuntamiento de Carcelén aprueba por unanimidad la Moción conjunta presentada por el Grupo Socialista del Ayuntamiento de Carcelén y ACEM – Ecologistas de la Manchuela, para reiterar la solicitud de retirada de vallado cinegético del coto matrícula AB-11909 en el Monte de Utilidad Pública “La Hunde” TM de Carcelén.
Este vallado cinegético que sobrepasa ampliamente los 10 kms, se instaló hace más de 25 años, dentro de los Montes de Utilidad Pública titularidad de la Junta de Comunidades, “La Hunde” en el Término Municipal de Carcelén, y “Dehesa Clementina”, en el TM de Alpera, ocupando 973 hectáreas.
Anteriormente, el 27 de marzo de 2018 el Pleno del Ayuntamiento de Carcelén aprobó por unanimidad de todos los grupos municipales, otra Moción conjunta también presentada por el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Carcelén y ACEM – Ecologistas de la Manchuela, en la que se acordó solicitar a la entonces Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, la retirada de este vallado cinegético.
La justificación de esta solicitud se desarrolla extensamente en la Exposición de Motivos de esta Moción:
- Por el impacto ambiental.
La zona donde se encuentra el vallado tiene unos importantes valores naturales, que, aunque no tenga figuras de protección, atesora una importante riqueza natural. Próximo a los límites de la zona ZEC “Hoces del río Júcar”, con la que comparte sus valores ambientales, e incluso en alguna ocasión los mejora, como por ejemplo en las especies dominantes de las masas forestales, que están formadas por encinares y por bosques mixtos de pinos carrascos (Pinus halepensis) y encinas (Quercus ilex). Presenta un gran número de especies, muchas de ellas catalogadas en “peligro de extinción”, “vulnerables” o de “interés comunitario”, destacando el grupo de rapaces, tanto rupícolas como forestales, águila culebrera, águila real, águila calzada, azor, halcón peregrino, milanos, búho real y otras rapaces nocturnas. De este grupo destaca la presencia del águila perdicera que utiliza la zona como área de campeo, que figura en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas en peligro de extinción. Sobresalen también las poblaciones de mamíferos carnívoros como gato montés, garduña, tejón, turón, gineta, comadreja. Entre las especies de ungulados silvestres, podemos encontrar cabra montés, ciervo y corzo.
Está ampliamente constatado el impacto en el medio natural de los vallados cinegéticos. La intensificación de prácticas cinegéticas con vallados perimetrales para aprovechamiento de caza mayor es altamente negativa para garantizar la calidad de los hábitats. Podemos enumerar: el efecto barrera de estos vallados, que produce una fragmentación del territorio, el riesgo de colisiones y de enganches de fauna, perjuicios causados, tanto a especies como los ungulados, como también a otros mamíferos y aves de tamaño medio. La afección sobre la vegetación, por ramoneo de un número excesivo de ungulados, que produce una disminución y simplificación de la cobertura vegetal, que además puede agravar los efectos erosivos, así como el riesgo de endogamia entre los ungulados dentro del recinto.
- Por su impacto social negativo.
Todos los montes, especialmente los que están catalogados de Utilidad Pública, además de los aprovechamientos que puedan generar rendimientos económicos, generan unos beneficios inmateriales para toda la población, como el bienestar que nos produce hacer senderismo o simplemente pasear, el disfrutar del paisaje, o contemplar especies silvestres…. Añadir que obviamente el vallado causa una afección sobre el paisaje, que, además, es atravesado por una Vía Pecuaria, La Vereda Real de los Serranos. La presencia de este vallado perjudica la función social del monte de un uso público sostenible que sea compatible con la conservación.
Desde la instalación del cerramiento, han sucedido cambios en la valoración de la sociedad de los vallados con finalidad cinegética, con un rechazo cada vez más mayoritario. La mayor concienciación de la población sobre la necesidad de preservar el patrimonio natural, conlleva el conocimiento de los efectos perjudiciales de estos cerramientos para el medio ambiente, y del derecho a disfrutar del mismo de una forma respetuosa. En la comarca de la Manchuela se ha hecho visible en la oposición vecinal a la autorización del vallado cinegético del coto “Malafaton”, en el TM de Alatoz, e igualmente en el entorno del Valle del Cabriel, con la aprobación de Mociones en ayuntamientos como Casas Ibañez, Villamalea, Villatoya y Requena, donde manifiestan su rechazo a los vallados cinegéticos. En definitiva, se trata de un vallado cinegético en beneficio de una minoría que perjudica a la mayor parte de la población.
- Por contradecir la finalidad de los montes de utilidad pública.
Como se ha citado, el vallado cinegético del coto AB-11.909 se encuentra ocupando parte de Montes incluidos en el Catálogo de MONTES de UTILIDAD PÚBLICA de la Provincia de Albacete. Según la Resolución de 20 de noviembre de 2007 de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, publicada el 10/1/2008 en el DOCM, por la que se aprueba la actualización y revisión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Albacete.
- Monte nº122 “LA HUNDE” TM de Carcelén, (ocupando parte de las 2.097,7 hectáreas de su superficie). -Monte nº119 “DEHESA CLEMENTINA” TM de Alpera (ocupando parte de las 1.295,7 has de su superficie).
Este Catálogo está constituido por relaciones de Montes sobre los cuales recae una declaración expresa de Utilidad Pública, motivada por la necesidad de “conservar sus cubiertas vegetales por motivos de protección del suelo y de la cubierta vegetal, y por la conservación de altos valores ecológicos, entre otras causas, incluyendo también el uso recreativo, dada la demanda social que ha ido creciendo con el paso de los años, de personas que quieren disfrutar de un contacto directo con la naturaleza practicando distintas actividades de ocio”.
- Por contradecir la propia normativa de montes y conservación de la naturaleza.
La existencia del vallado contradice las normativas en vigor, la propia Ley de Montes 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha, y la Ley 42/2007 de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, donde se recogen los valores ambientales y sociales de los Montes de UP, y se garantiza su gestión para el mantenimiento de un estado de conservación favorable.
Posteriormente a la solicitud presentada en la Moción del año 2018, la Junta de Comunidades ejecutó la retirada de un par de pequeños tramos del vallado, de aproximadamente algo más de 100 metros, con lo que, en consecuencia, se reconocía el fundamento nuestra primera solicitud de retirada del vallado cinegético.
Pasados varios años de esta primera actuación, no se ha realizado ninguna actuación más para retirar la totalidad del vallado, y por tanto, consideramos que las actuaciones realizadas no son suficientes para evitar los impactos ambientales y sociales que se siguen produciendo.
En este sentido, desde ACEM, nos hemos dirigido en varias ocasiones a la anterior DP de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Albacete, a la DG de Política Forestal y Espacios Naturales, sin obtener respuesta. Por ello el pasado 10 de mayo de este año volvimos a insistir reiterando la solicitud de retirada del vallado, y que se nos informe actuaciones puntuales que se han ejecutado de retirada del vallado, número de sectores y longitud de los mismos, y porcentaje que suponen con respecto al vallado total, que es muy pequeño. Por el momento también sin respuesta este último escrito.
Con conclusión de todos estos argumentos expuestos, la existencia del vallado cinegético del coto AB-11909, cuyo titular es la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, tiene un impacto negativo sobre el medio natural, y lo que aún lo hace más grave, es que está ubicado dentro de Montes de Utilidad Pública. La finalidad del vallado genera exclusivamente un beneficio privado en los arrendatarios del aprovechamiento cinegético, en detrimento de los derechos de los vecinos de Carcelén y de la población en general, y entra en contradicción con la vocación y finalidad de los Montes Catalogados de Utilidad Pública de preservar sus valores naturales y su función Social de garantizar su uso público, siempre y cuando no perjudique la conservación de estos valores.
Esperamos en el plazo más breve posible, obtener una respuesta satisfactoria de la DP de Desarrollo Sostenible. De no ser así, desde el Ayuntamiento de Carcelén y ACEM – Ecologistas en Acción no dudaremos en emprender todo tipo de acciones legales y/o movilizaciones en beneficio del buen estado del medio ambiente y de la población de la zona.
Más información: https://ecologistasmanchuela.org/mocion-conjunta-grupo-m-socialista-y-acen-sol-retirada-vallado-cinegetico-carcelen/viewdocument/149